Moratoria para regularización de construcciones sin permiso municipal

Locales 04/11/2020 Por Berisso Ya
Las obras deberán ajustarse a las ordenanzas 2512/02 (uso del suelo) y 1157/88 (código de construcción) que no superen los 150m2 cubiertos.
Moratoria
Moratoria para regularización de construcciones sin permiso municipal.

La Subsecretaría de Planificación y Gestión de la Obra Pública comunicó una serie de informaciones referentes a trámites y gestiones que pueden efectuarse en esta dependencia, y cuáles son las modalidades vigentes en el contexto de pandemia por COVID-19.

Al respecto, se lanzó una moratoria para todos aquellos contribuyentes que quieran adherir a la Ordenanza Nº 3725/20, que permite la regularización de las construcciones realizadas sin permiso municipal, y lo exime del pago de recargos y multas. En la norma están comprendidos: Personas físicas titulares o con boleto de compraventa. Las obras deberán ajustarse a las ordenanzas 2512/02 (uso del suelo) y 1157/88 (código de construcción) que no superen los 150m2 cubiertos; se encuentren concluidas o con su volumen habitable determinado y correspondan a las características C, D y E de las normas Provinciales de Avaluó.

Los interesados deberán enviar un mail a [email protected] consignando: Asunto: Moratoria – Apellido y nomenclatura catastral.

En el caso de los trámites correspondientes a final de obra; empadronamiento y permiso de obra, todos se efectúan de forma on line. El trámite se presentará a modo de declaración jurada del propietario/s y profesional/s, siendo estos responsables de lo declarado y presentado en plano correspondientes y fotografías solicitadas (no más de 4). La documentación será verificada por la Subdirección de Obras Particulares.

El formulario de la Declaración Jurada deberá descargarse en la página oficial de la Municipalidad de Berisso, según modelo a presentar en formato PDF.

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